Bienvenidos a la página de documentación y ayuda de la plataforma REP Valparaíso
Es un instrumento económico de gestión de residuos que obliga a los fabricantes de ciertos productos, a organizar y financiar la gestión de los residuos derivados de sus productos.
Porque desde el punto de vista ambiental, la disposición final de basura en vertederos o rellenos sanitarios, no es la mejor alternativa y por ello es necesario redefinir el enfoque de la gestión de los residuos en nuestro país. De esta manera, la norma se enfoca en la prevención y la valorización de los residuos, en todos sus aspectos..
Aquí puede descargar o ver la documentación sobre la ley REP, documentos y estudios de interés general.
Pronto se publicará el catalógo de cursos y talleres
El día 07 de febrero de 2020, durante el seminario de sustentabilidad y economía circular se llevará a cabo un taller de levantamiento de requerimientos de funcionalidades para la plataforma repvalparaíso.
Para registrarse como empresa productora o gestora debe completar el formulario de registro y luego enviarlo al Administrador del Sistema de Gestión .Para el caso de los gestores deben contar con el registro RETC
Para ingresar a la zona privada de la plataforma repvalparaíso, Ud. debe tener una cuenta de usuario y contraseña. Si tiene algún inconveniente debe comunicarse con el administrador del Sistema de Gestión, a través del formulario de contacto
Esta sección de preguntas frecuentes tiene como objetivo entregar información acerca del producto prioritario Envases y Embalajes, en el marco de la ley N°20.920 que establece la Responsabilidad Extendida del Productor (REP).
El objetivo del decreto supremo es establecer metas de recolección y valorización al producto prioritario Envases y Embalajes, así como de otras obligaciones asociadas, con la finalidad de prevenir la generación de dichos residuos y fomentar su reutilización o valorización.
Actualmente la legislación de la ley REP para el producto prioritario Envases y Embalajes se encuentra en la etapa de anteproyecto del decreto supremo que establece las metas de recolección y valorización de envases y embalajes, así como sus obligaciones asociadas. El día lunes 10 de junio de 2019 fue publicada la Resolución Exenta N°544 en el diario oficial, con el objetivo de someter a consulta pública el anteproyecto, proceso que finalizó el día 14 de agosto de 2019
Para efectos de definición de las metas, el anteproyecto establece dos categorías: Residuos Domiciliarios y Residuos No Domiciliarios.
El anteproyecto del decreto supremo establece metas diferenciadas para cada subcategoría que conforman los residuos domiciliarios y residuos no domiciliarios, tal como se muestra en el siguiente esquema:
Adicionalmente, para el caso de los Residuos Domiciliarios, durante los años 2022 y 2023 existirá una meta global para las subcategorías distintas de vidrio de 10% y 16%, respectivamente, la que podrá cumplirse a partir de las toneladas totales recolectadas y valorizadas de dichas subcategorías.
El cumplimiento de las metas se realizará mediante la conformación de sistemas de gestión, individuales o colectivos.
La Ley N°20.920 define los sistemas de gestión como mecanismos instrumentales para que los productores den cumplimiento a las obligaciones establecidas en el marco de la Responsabilidad Extendida del Productor, a través de la implementación de un plan de gestión. Los sistemas de gestión podrán iniciar sus operaciones únicamente a partir del 1 de enero de cada año, con la excepción del primer año de vigencia de las metas, en donde deberá iniciarles a contar de la fecha en la cual éstas entren en vigencia.
En un sistema colectivo de gestión:
La Ley Marco 20.920, más conocida como ley REP, define a los recicladores de base como personas naturales que, mediante el uso de la técnica artesanal y semi industrial, se dedica de forma directa y habitual a la recolección selectiva de residuos domiciliarios o asimilables y a la gestión de instalaciones de recepción y almacenamiento de tales residuos, incluyendo su clasificación y pretratamiento. Asimismo, se consideran también las personas jurídicas compuestas exclusivamente por personas naturales registradas como recicladores de base.
Esta normativa establece una serie de obligaciones para los recicladores de base, de forma que puedan ser incorporados en el funcionamiento de los sistemas de gestión que sean conformados a partir de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP).
De esta forma, es importante que los recicladores tengan conocimiento acerca del proceso de certificación de competencias laborales, de manera que puedan cumplir con las obligaciones asociadas a la Ley REP
Para los recicladores, el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales contempla un total de cuatro perfiles de competencia que permiten desarrollar una ruta laboral desde la recolección y reciclaje más básico hasta el manejo y administración de un centro de acopio
Un perfil corresponde a una agrupación de unidades de competencias laborales (UCL) que describen los conocimientos, habilidades y actitudes relevantes para una determinada ocupación u oficio, y corresponde a la unidad base con la cual se evalúa y certifica a un candidato.
Los cuatro perfiles de competencia se encuentran vinculados entre sí mediante el seguimiento de una ruta formativo-laboral, requiriendo para ello distintos niveles de cualificación, los que se sitúan entre 1 y 3. Para el nivel 1 (Reciclador de Base) se requieren competencias de menores grados de complejidad y autonomía en relación al nivel 3 (Administrador de procesos de reciclaje), el que considera destrezas de mayor dificultad, siendo evaluadas mediante el cumplimiento de actividades clave definidas para cada perfil ocupacional.
Cada uno de estos perfiles ocupacionales se alcanza mediante el seguimiento de una ruta formativa que se encuentra acorde a los niveles de cualificación y unidades de competencia esperados en cada caso para su certificación